El TS establece doctrina: el valor de lo sustraído en establecimientos comerciales es el precio de venta al público (con IVA) 30 de mayo de 2017 Jurisprudencia HURTO El Código Penal fija la cantidad de 400 euros como línea divisoria entre el hurto y el delito leve. Distintos sectores doctrinales diferenciaban hasta ahora entre el "precio de venta al público" y "valor de cambio" para calcular el importe sustraído. La condenada por hurto había sustraído tres chaquetas de la tienda de Massiimo Dutti por un valor de 427 euros IVA incluído.